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[Reforma Tributaria] Empresarios inician ofensiva para enfrentar las inesperadas medidas antielusión*

CPC tiene reunión urgente con el Ministro de Hacienda este martes:

Mañana los expertos tributarios y economistas de las más grandes empresas y gremios del país tienen programada una reunión con carácter urgente en Monseñor Sótero Sanz 182. Y el martes el comité ejecutivo de la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC), con los presidentes de las seis ramas de la multigremial, tendrán una reunión con el ministro de Hacienda, Felipe Larraín. El gran tema: las medidas antielusión contempladas en la reforma tributaria, consideradas por las grandes empresas del país como una verdadera bomba atómica, con implicancias en varios flancos y con igual impacto que el alza en el pago de impuesto a las empresas del 18,5% actual al 20%.

Si bien los grandes conglomerados empresariales estaban relativamente tranquilos con el anuncio del Presidente Piñera del jueves pasado, el escenario cambió cuando a mediados de la semana se conoció el paquete de «perfeccionamiento al sistema tributario», es decir, las medidas contra la elusión. Estos configuran, según el socio principal del área tributaria de KPMG, Francisco Lyon, «el mayor cambio en el sistema tributario en tres décadas, desde la reforma de 1984, y va en línea de modernizarlo».

En términos de cifras, si el alza de impuestos a la empresa a 20% implica US$ 6.830 millones entre 2013 y 2017, las medidas contra la elusión son US$ 4.333 millones, pero el grueso viene de las grandes empresas. Incluso, sottovoce , las compañías piensan que en esta vía la recaudación está subestimada por Hacienda.

Ante este escenario, las empresas y gremios se han abocado a estudiar concienzudamente el paquete antielusión.

En la Sociedad Nacional de Minería están tomando contacto con las empresas y los asesores tributarios para ver su alcance, en el Consejo Minero están en la misma tarea, aunque desde ya han manifestado en privado su desazón por el posible impacto de los impuestos verdes en el uso de neumáticos, lubricantes y combustibles en una industria intensiva en estos insumos. En la Cámara Chilena de la Construcción señalan que encargaron un estudio independiente para evaluar los alcances de las modificaciones que limitan los mecanismos de planificación tributaria.

La buena recepción inicial del empresariado se explica en parte porque la reforma tributaria fue dada a conocer a cuentagotas. En su mensaje inicial, el Presidente Piñera ni siquiera habló de «elusión», sino de «franquicias». Al día siguiente, el ministro Felipe Larraín mencionó tres medidas antielusión y sólo el miércoles pasado se conoció el paquete completo. «Nos metieron un gol», dice un empresario.

Es que, como lo señala el socio de Tax & Legal de Deloitte, Pablo Vera, «es un golpe duro». «Lo que ha ocurrido en los últimos años es ir cerrando la brecha entre los impuestos que pagan las empresas y los que pagan las personas. Esa brecha bajó de 10% contra 50%, y ahora se asumía un 20% contra un 36%, pero esta serie de restricciones (a la planificación tributaria) es un golpe duro».

Francisco Lyon estima que la planificación no es mala en sí, pero distingue entre la elusión lícita, que es aprovechar un vacío legal para pagar menos impuestos, versus la «ilícita», donde se usan los agujeros de la legislación en una clara contravención al espíritu de la ley.

Eludir el pago de tributos es toda una ciencia para los tributaristas y se realiza principalmente en las grandes corporaciones mediante la llamada «planificación tributaria», que es legal, pero en ese ejercicio se miden las asimetrías entre el fiscalizador y el fiscalizado, porque las grandes empresas suelen reclutar a un verdadero ejército de los mejores del mercado para definir qué camino tomar para pagar menos tributos.

El impacto mayor

Si bien el batatazo a las empresas viene de varios frentes, según cifras de Hacienda casi la mitad de lo que se recauda por medidas antielusión se debe al fin de los retiros en exceso, que explicarían US$ 1.943 millones al 2017.

¿Qué son y por qué pesan tanto? «Se les dará el mismo tratamiento a los retiros y dividendos efectuados desde sociedades anónimas y de personas. Así, cuando los socios de estas últimas hagan retiros pagarán siempre el Impuesto Global Complementario o Adicional, según corresponda. Hoy la ley permite a los socios de sociedades de personas diferir este pago hasta que la sociedad tenga utilidades tributarias», explica Matías Kunstmann, de SCK Abogados y Consultores.

Según Javier Jaque, del Centro de Estudios Tributarios de la Facultad de Economía de la U. de Chile, «su impacto es transversal», y si bien «este cambio no implica eliminar el FUT, sí implica limitar su uso».

El otro ítem que más dinero recepciona son los cambios a los llamados «gastos rechazados». Kunstmann explica que la reforma amplía el espectro de aplicación de la sanción a los «retiros encubiertos», haciéndola aplicable a cualquier préstamo a entidades relacionadas con los socios y accionistas. Bajo la ley actual esta sanción se aplica sólo a los préstamos recibidos por personas naturales que sean accionistas directos. La nueva norma usa un concepto mucho más amplio de «empresa relacionada». ¿Cuál es su mayor efecto? Que si para evitar el impuesto a los dividendos las utilidades de la empresa se sacan de Chile en forma de un préstamo que no reúne condiciones de mercado, éstas podrán ser calificadas como un «retiro encubierto» por el SII y quedarían gravadas con un 35%», dice el experto.

Otro tema relevante es la limitación a Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas o PPUA, y afectará a las grandes empresas, puntualiza Jaque. Estos son resultantes de impuestos que provienen de créditos por rentas del exterior. «La empresa con pérdida tiene el derecho a pedir devoluciones de los impuestos pagados por años anteriores o por otras rentas percibidas, cuando los impuestos relacionados corresponden a rentas que se percibieron desde el exterior, dado que recibieron un crédito nacional para evitar la doble imposición, devolviéndose de esta forma algo que el propio Estado había concedido como beneficio tributario», explica Javier Jaque.

Un tema clave son los precios de transferencia, pero que no tendría tanto impacto. Es un cambio que venía sí o sí y se relaciona con los compromisos que Chile tiene con la OCDE. La ley relativa a este tema data de 1998 y de esta forma había mucho espacio para mejorar la norma. «Se busca complementar la normativa vigente con los APA (Advance Pricing Agreements, Acuerdos Anticipados en materia de Precios de Transferencia), que son acuerdos bilaterales entre empresas y administración tributaria, que establecen ex ante «precios de transacciones entre empresas por cuatro años», dice Jaque. Según este experto, esta medida no tiene tanto impacto en Chile porque está pensada para los países exportadores de capital y Chile no lo es», dice.

Frente exterior

Otra medida que ataca «directamente a la elusión» son los cambios a las normas de exceso de endeudamiento, «ya que la reforma propone normas de consolidación de deudas, lo que permite restringir aún más el envío de dineros al exterior encubiertos a través del pago de préstamos, en el entendido de que los intereses de estos últimos se afectan con tasa del 4%, mientras que las remesas al exterior como norma general se afectan con tasa del 35%. Es una modificación que impactará mucho en las grandes empresas».

Otro tema que se discute en las empresas es la reforma a la enajenación de derechos sociales. Con esta modificación se iguala el tratamiento tributario de la venta de derechos en sociedades de personas al de la venta de acciones. «En general esto tiene lógica, porque salvo el caso de inversiones en sociedades abiertas, la inversión en uno u otro tipo de sociedad es una diferencia meramente formal», opina Kunstmann.

Ahora, en el caso de venta de sociedades más pequeñas, podría tener un efecto de doble tributación dado que el vendedor tributaría con impuesto a las ganancias de capital sobre el valor de las utilidades retenidas, y el comprador podría volver a tributar sobre las mismas utilidades cuando las retire.

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* Publicado en «El Mercurio» el 06 de mayo de 2012  por Valeria Ibarra y Pablo Obregón

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